“¿Retrasos o solución? Claudia Sheinbaum toma el control y da una respuesta sobre las devoluciones del SAT”

La mandataria se refirió a uno de los trámites más importantes que deben llevar a cabo los ciudadanos.

Fuente: Archivo

La cuenta regresiva para presentar la Declaración Anual de Impuestos 2024  ha dado inicio con la última semana de abril, y una de las dudas que más persiste entre los contribuyentes es la siguiente: ¿hay demoras en la devolución del saldo a favor?

En los últimos días, la presidenta de los mexicanos informó a las personas físicas que deban rendir cuentas ante el organismo tributario sobre sus ingresos qué pasará con las solicitudes de las deducciones personales al momento de realizar la gestión. Checa todos los detalles al respecto.

Atención: fecha límite para presentar la Declaración Anual 2024

El SAT ha establecido dos fechas límites para que los contribuyentes en México puedan presentar a término la Declaración Anual de Impuestos 2024.

En primer lugar, el organismo recaudador dispuso como último día para que las personas morales (las empresas) puedan llevar a cabo esta gestión el pasado 31 de marzo. Sin embargo, las personas físicas cuentan con otro plazo.

Claudia Sheinbaum dio a conocer si habrá retrasos en la devolución de los saldos a favor. Foto: Archivo.
Quienes se encuentren inscritos en esta categoría, tendrán tiempo hasta el 30 de abril de 2025 para realizar este trámite. En caso de no cumplir con la norma, podrían recibir distintos tipos de multas económicas.

Uno por uno: todos los saldos a favor que pueden solicitarle al SAT

Al momento de pagar los impuestos, los contribuyentes mexicanos cuentan con el derecho de solicitar un saldo a favor por ciertos pagos que hayan realizado.

En este aspecto, a través de su sitio web oficial el SAT detalla cuáles son todos los gastos que puede deducir en su Declaración Anual de Impuestos 2024. Particularmente, se incluyen:

1. Gastos médicos

Honorarios médicos
Dentista, tratamientos y consultas
Servicios de psicología y nutrición
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
Gastos hospitalarios
Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)
Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
Honorarios a enfermeras
Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de 2,500 pesos) en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista y se tenga el comprobante correspondiente para cada beneficiario

2. Gastos funerarios

Son deducibles todos aquellos gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 39,606.36 pesos.

El SAT detalla que se pueden deducir los pagos realizados para uno, el cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la UMA anual.

 

3. Donativos

Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación. El límite para deducir donativos es si se consideran los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta 7% para los otorgados a Donatarias Autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.

Cabe destacar que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco UMAs anuales equivalentes a 198,032.00 pesos o de 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.

 

4. Colegiaturas

La cantidad pagada por cada uno de los alumnos que se puede disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas, no debe exceder los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:

Preescolar 14,200 pesos.
Primaria 12,900 pesos.
Secundaria 19,900 pesos.
Profesional técnico 17,100 pesos.
Bachillerato o su equivalente 24,500 pesos.

 

5. Aportaciones complementarias de retiro

Se pueden deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a la subcuenta personal, siempre que cumplan con los requisitos de permanencia.
El monto de aportaciones que puede deducirse en la Declaración Anual, es el que resulte menor entre 10% del ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco UMAs anuales, equivalentes a 198,032.00 pesos.
Son deducibles las aportaciones que son destinadas exclusivamente para cuando el titular llegue a 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social.

El SAT estableció como última fecha para presentar la Declaración Anual de Impuestos 2024 el 30 de abril de 2025. Foto: Archivo.

6. Primas de seguros de gastos médicos

Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.
Se pueden deducir los pagos realizados para uno mismo y en su caso, el cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta.
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco UMAs anuales equivalentes a 198,032.00 pesos o de 15% del total de los ingresos, lo que resulte menor.

 

7. Gastos de transporte escolar

Aplica para pago de transporte escolar cuando este sea obligatorio en los términos de las disposiciones jurídicas del área donde se encuentre ubicada la escuela o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto de colegiatura.
Se pueden deducir los pagos realizados para los descendientes en línea recta.
En el comprobante, los solicitantes deben cerciorarse que el monto por concepto de transporte escolar esté separado de los otros gastos escolares.
Medio de pago exclusivamente por: cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco UMAs anuales equivalentes a 198,032.00 pesos o de 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.

 

8. Créditos hipotecarios

Cabe destacar que la información que se considera para el prellenado de la declaración anual proviene de los datos que la institución financiera personal informa al SAT en su declaración de intereses.

Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financieroINFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.
El crédito otorgado no debe exceder 6,255,682.00 pesos (750 mil UDIS, monto que debe actualizarse al 31 de diciembre de 2024).
En caso de fideicomiso, se consideran créditos hipotecarios aquellos destinados a la adquisición, construcción, remodelación de casa habitación o pago de pasivos que se destinen exclusivamente a estos fines.
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco UMAs anuales equivalentes a 198,032.00 pesos o de 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.

 

9. Cuentas especiales y personales para el ahorro

En este caso, pueden deducirse depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edadjubilación o retiro.

Esto aplica siempre y cuando se cumplan con los requisitos de permanencia y se lleve a cabo antes de presentar la declaración anual. El monto de estos pagos o depósitos no deben exceder en el año de 152,000.00 pesos.

¿Hay retraso? Qué dijo Sheinbaum sobre la devolución del saldo a favor

Según confirmó en los últimos días la Presidenta de los mexicanos, no existen demoras por parte de las autoridades fiscales para proceder con la devolución de dinero en lo que concierne a las deducciones personales solicitadas durante la presentación de la Declaración Anual.

“Son los tiempos de ley, no hay ningún problema en la devolución de aquellos que les corresponde. No hay ningún problema y se cumplen los plazos de ley”, confirmó Sheinbaum y reveló que el SAT estará entregando los saldos a favor en los tiempos pautados.

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